2 b) Relacionar con
sus respuestas iniciales:
L.O.C.E
Viendo la relación entre los conceptos
iniciales que escribimos de acuerdo a lo que sabíamos nos dimos cuenta que no
estaba tan lejos de la definición real del concepto de educación, faltaron
puntos clave como el concepto de privados en educación, la falta de recursos
tanto como didácticos como de profesionales y uno de los problemas principales
que era cuestionado era el rol del estado que debiera velar por el normal
funcionamiento de la educación pasando a ser solamente el subsidiario.
L.G.E
Esta ley representa el marco para una nueva
institucionalidad de la educación en Chile o por lo menos eso es lo que
postula, manejábamos que era basado en el principio de la calidad y equidad de
la educación en nuestro país.
Estatuto docente
En relación al estatuto docente
nos podemos dar cuenta que era muy vago el conocimiento que sabíamos respecto
del tema , conocíamos que la definía el trabajo docente pero no de una manera
tan exhaustiva respecto a la labor en aula y toma de decisiones de un colegio,
por lo tanto interiorizarnos sobre este ámbito nos fue de mucha utilidad.
S.E.P
Sabemos que esta ley estaba en post la equidad
de la educación y que otorgaba una subvención adicional a sostenedores de
escuela por cada alumno prioritario y que esto se dividía en categorías de
acuerdo a la vulnerabilidad, sin embargo lo que no tomamos en cuenta era que
esta ley exige la suscripción de compromiso por resultados educativos, lo que
involucra a toda la comunidad educativa.
Ley
Orgánica Constitucional de Enseñanza
La LOCE fue
dictada por Junta
de Gobierno, que en aquellos años ejercía las función legislativa en Chile,
y promulgada por Augusto
Pinochet Ugarte, el 7
de marzo de 1990,
último día del Régimen
Militar. Tenía como objeto fijar los requisitos mínimos que deberán cumplir los
niveles de enseñanza básica y enseñanza media procurando la gratuidad de la
educación y la obligatoriedad para la educación básica , se crea el
currículum y aparece la educación formal
y la educación informal entiéndase por objetivo fundamental vertical( ofv) y
objetivo fundamental transversal( oft) se define la educación parvularia ( que
no es requisito para la educación básica) , regular el deber del Estado de
velar por su cumplimiento, y normar el proceso de reconocimiento oficial de los
establecimientos educacionales de todo nivel refleja el esfuerzo de la
dictadura por transformar el campo educativo, favoreciendo el ingreso de
privados, transformando el rol del Estado de docente a subsidiario, y
asegurando constitucionalmente la libertad de enseñanza entendida, básicamente,
como libertad de propiedad respecto de establecimientos educativos, entendida
como “mercantilización de la educación” un gran problema ya que para ser
sostenedor persona natural o jurídica)
que debe contar con licencia media; ceñirse a los planes y programas de estudio
oficiales; poseer el personal docente, administrativo y auxiliar suficientes; funcionar en un local
que cumpla con normas generales; disponer de mobiliario, material didáctico
adecuados.
Estatuto Docente
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